Las tasas máximas de interés compensatorio en moneda nacional y extranjera para operaciones entre personas ajenas al sistema financiero se rigen por la Circular Nº 0008-2021-BCRP vigente desde el 10 de mayo de 2021.
Según dicha norma, la tasa máxima para operaciones en moneda nacional es equivalente a 2 veces la tasa de interés promedio de los créditos de consumo del sistema financiero, la cual según datos proporcionados por el Banco Central de la Reserva del Perú (BCRP) el 04 de noviembre de 2021 cerró en 83,64% anual. En moneda extranjera, la tasa máxima cerró en 66,08% anual.
En lo que va del año, la tasa máxima de interés compensatorio en soles sostiene un avance de 42,17pp. y la tasa máxima de interés compensatorio en dólares de 32,61 pp.
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